La SSN aplica llamados de atención a cinco aseguradoras por incumplimientos en la carga de información de juicios y mediaciones
La Superintendencia de Seguros de la Nación emitió recientemente cinco resoluciones mediante las cuales dispuso llamados de atención a distintas aseguradoras por incumplir con la obligación de informar, en tiempo y forma, los datos vinculados a su cartera de juicios y mediaciones. Las compañías alcanzadas son Sentir Seguros S.A., Pacífico Compañía de Seguros S.A., Copan Cooperativa de Seguros Limitada, Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada y Tutelar Seguros S.A.
El eje de las sanciones
Las medidas se enmarcan en lo dispuesto por el punto 39.6.4 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), que establece la obligatoriedad para las aseguradoras de remitir, de manera periódica, información precisa sobre los juicios y mediaciones en los que participan.
La SSN explica en los considerandos de las normas que este sistema de reportes —denominado Sistema Informativo de Juicios y Mediaciones— constituye una herramienta central para conocer la real situación económico-financiera de cada aseguradora, y por lo tanto resulta vital para la fiscalización del mercado.
En este sentido, el organismo advierte que la omisión o el retraso en la presentación de esta información obstaculiza las tareas de control, ya que impide evaluar la capacidad de las compañías para hacer frente a sus compromisos.
La importancia del control y la diligencia
En las cinco resoluciones, la SSN fundamenta que el artículo 64 de la ley 20.091 otorga al organismo la potestad de controlar a los entes aseguradores, mientras que el artículo 67 le confiere la atribución de adoptar medidas y aplicar sanciones cuando se detectan incumplimientos.
Además, recuerda que el artículo 1725 del Código Civil y Comercial establece que cuanto mayor es el deber de obrar con prudencia, mayor es la diligencia exigible. Por ello, enfatiza que las aseguradoras —en su carácter de empresas especializadas— deben optimizar su estructura para prever y resolver contingencias que puedan afectar el cumplimiento de sus obligaciones.
El regulador también aclara que se trata de infracciones formales, donde la sola verificación de la falta basta para atribuir responsabilidad, aun cuando no se haya producido un perjuicio concreto. Se trata de lo que la SSN denomina infracciones de “mero peligro”, destinadas a proteger el interés público en el marco de la actividad aseguradora.
Los casos y las sanciones
Sentir Seguros S.A. (RES. SSN 400/2025): no respondió al traslado conferido tras ser imputada por incumplimiento en el cuarto trimestre de 2024, motivo por el cual la SSN resolvió aplicarle un llamado de atención.
Pacífico Compañía de Seguros S.A. (RES. SSN 408/2025): reconoció el incumplimiento y presentó descargo, aunque fuera de tiempo, lo que derivó igualmente en un llamado de atención. Desde la aseguradora emitieron un comunicado para aclarar los motivos del llamado de atención, explicando que la observación surgió a raíz de un error involuntario en la carga del informe trimestral sobre la cartera de juicios y mediaciones al Sistema Informativo del Estado. “En la presentación original, se consignó una fecha incorrecta. Al detectar la inexactitud, se procedió a corregir la información mediante una nueva presentación, aunque esta última fue realizada fuera de término, lo que motivó la advertencia por parte de la SSN”, detallaron desde la aseguradora, que reiteró su “compromiso de cumplir estrictamente con todas las leyes y regulaciones vigentes” y de “tomar las medidas necesarias para evitar que situaciones similares se repitan en el futuro”.
Copan Cooperativa de Seguros Ltda. (RES. SSN 409/2025): admitió el error y lo atribuyó a un “error involuntario”. La SSN igualmente consideró procedente sancionar con llamado de atención.
Agrosalta Cooperativa de Seguros Ltda. (RES. SSN 410/2025): en su descargo también señaló un error involuntario, pero recibió la misma sanción.
Tutelar Seguros S.A. (RES. SSN 411/2025): no respondió dentro del plazo, aunque luego cumplió con la carga de información, pero de manera extemporánea, lo que motivó igualmente el llamado de atención.






