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Septiembre 02, 2025Boletín Nº: 49

Mintrabajo impone multa de más de 500 millones a Cerrejón por reportar tarde enfermedades laborales, empresa informó en 2023 una omisión involuntaria

Boletín Nº: 49
Sep 02, 2025 COLOMBIA Enviar a un amigo

De acuerdo con la reglamentación, la compañía tiene 15 días hábiles para pagar la sanción al Fondo de Riesgos Laborales.

El Ministerio del Trabajo sancionó a la empresa Carbones del Cerrejón con una multa superior a los 500 millones de pesos por incumplir los plazos legales en el reporte de 29 casos de enfermedades laborales diagnosticadas en diciembre de 2023. La compañía tiene 15 días hábiles para pagar la sanción al Fondo de Riesgos Laborales.

De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, el proceso sancionatorio se originó por el reporte tardío de 29 casos de enfermedades laborales, diagnosticadas a finales de 2023 y notificadas por fuera del plazo de dos días hábiles establecido en el Decreto 1072 de 2015.

El ministro Antonio Sanguino precisó que “cada enfermedad laboral de un trabajador o trabajadora obedece a condiciones o exposiciones a factores de riesgo. Estamos frente a 29 incumplimientos de la misma norma, lo cual denota un actuar descuidado por parte de la empresa frente a sus obligaciones legales”.

La compañía no tiene un pronunciamiento oficial sobre este tema, pero la empresa de manera unilateral y sin que existiera investigación administrativa en su contra, informó en 2023 al Ministerio del Trabajo sobre una omisión involuntaria en este reporte.

Es por ese reporte que se hizo, que el Ministerio del Trabajo inició un proceso sancionatorio que culminó con la confirmación de una sanción económica en noviembre de 2024, decisión de la cual Cerrejón tuvo conocimiento recientemente a través de terceros y del comunicado oficial del Ministerio, sin haber sido notificada previamente.

La Dirección de Riesgos Laborales, mediante la Resolución 3309 del 12 de agosto de 2025, confirmó la sanción.

Wilmar Rincón, director de Riesgos Laborales y firmante de la resolución, señaló que “la multa fue tasada de acuerdo con criterios de proporcionalidad y razonabilidad, considerando el tamaño de la empresa y su número de trabajadores”.

Además, el Ministerio aclaró que la sanción no busca únicamente reprobar la conducta, sino también prevenir que se repitan incumplimientos. La Corte Constitucional, en su Sentencia C-214 de 1994, respalda esta función preventiva de la facultad sancionatoria del Estado.

En ese sentido, el ministro Sanguino instó a todas las empresas a adoptar medidas de protección y vigilancia más estrictas en materia de seguridad laboral, “de deben examinar riesgos, hacer seguimiento y verificación de equipos y elementos de protección personal, para mitigar las consecuencias de eventos futuros y velar por el cuidado integral de la salud de los trabajadores”, apuntó

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Fuente: El Tiempo