Microempresas prestadoras o aseguradoras de salud que sean verificadas como tales al inicio del proceso de fiscalización —mediante interoperabilidad con los registros del Estado— y que no aporten información sobre sus ingresos anuales, serán sancionadas usando la escala de multas para infracciones leves: tope máximo 100 UIT
ACUERDO N° 003-2026: Visto y considerando la propuesta presentada sobre el asunto materia del presente acuerdo y los fundamentos antes expuestos, luego de un amplio debate, los Vocales del Tribunal reunidos en Sala Plena, por unanimidad, acordaron establecer el siguiente criterio de interpretación que constituye precedente administrativo de observancia obligatoria: Matricúlate: Diplomado Ley 27444, Ley […]




