Corte de Apelaciones respalda criterio de la CMF sobre reservas en pólizas de garantía a primer requerimiento


El conflicto se originó durante un proceso de Supervisión Basada en Riesgos iniciado por la CMF en 2023, mediante el cual revisó la metodología utilizada por AVLA para calcular las reservas de siniestros asociadas a pólizas de garantía a primer requerimiento.

Durante esa revisión, la compañía informó que mantenía una política de reservas equivalente al 90% para los siniestros con pago a la vista y al 65% para aquellos de ejecución inmediata con pago a 30 días.

Tras analizar dichos antecedentes, la CMF concluyó que esa metodología no se ajustaba a la normativa vigente e instruyó que estos siniestros debían provisionarse por el 100% del monto reclamado, hasta el límite de la suma asegurada.

Los argumentos de AVLA

En su reclamación, AVLA sostuvo que la CMF había excedido sus atribuciones al imponer, mediante un oficio reservado, una obligación que —a su juicio— solo podía establecerse mediante una Norma de Carácter General (NCG).

Asimismo, argumentó que la metodología utilizada por la compañía cumplía con el principio de “mejor estimación” contemplado en la regulación sobre reservas técnicas y que no existía una disposición expresa que obligara a provisionar la totalidad del monto reclamado.

La aseguradora también alegó que la instrucción generaba un trato desigual respecto de otras compañías del mercado y cuestionó la competencia del funcionario que emitió el oficio impugnado.

La Corte respalda la actuación de la CMF

La Corte de Apelaciones desestimó los argumentos de la aseguradora y concluyó que la CMF actuó dentro del ámbito de las facultades que le otorga la ley.

Uno de los aspectos centrales del fallo consiste en que el tribunal distinguió entre crear una nueva regulación y aplicar la normativa existente.

Según la sentencia, la CMF no modificó el régimen de reservas técnicas ni estableció nuevas obligaciones regulatorias, sino que interpretó y aplicó las normas vigentes durante el ejercicio de sus funciones de supervisión.

En consecuencia, el tribunal concluyó que no era necesario dictar una nueva Norma de Carácter General para impartir la instrucción cuestionada.

La naturaleza de las pólizas a primer requerimiento

El fallo también pone de relieve una característica esencial de las pólizas de garantía a primer requerimiento.

A diferencia de otros contratos de seguro, estas pólizas están diseñadas para que la aseguradora pague la indemnización una vez formulado el requerimiento del beneficiario, sin que corresponda discutir previamente el eventual incumplimiento del tomador o la procedencia del pago.

Precisamente por esa naturaleza, la CMF estimó que, una vez presentada la reclamación, la obligación potencial de la aseguradora debe reflejarse íntegramente en el monto provisionado.

La Corte compartió ese razonamiento, validando el criterio prudencial adoptado por el regulador.

Un precedente para el mercado

La sentencia trasciende el caso particular de AVLA.

Al confirmar la interpretación de la CMF, el fallo entrega una señal relevante para todas las compañías que comercializan pólizas de garantía a primer requerimiento, especialmente respecto de la constitución de reservas técnicas y la gestión del riesgo asociado a estos productos.

Ello podría llevar a algunas aseguradoras a revisar sus metodologías de provisión y sus modelos internos de gestión técnica, con el objeto de alinearse con el criterio respaldado por los tribunales.

Reafirmación de las facultades supervisoras

Otro aspecto relevante del fallo es el respaldo que entrega a las facultades de supervisión de la Comisión para el Mercado Financiero.

La Corte reconoció que, en el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras, la CMF puede impartir instrucciones particulares destinadas a verificar el correcto cumplimiento de la normativa vigente, sin que ello implique necesariamente la dictación de nuevas reglas regulatorias.

De esta manera, la sentencia fortalece el rol del supervisor como intérprete técnico de la regulación prudencial y confirma que las instrucciones emitidas durante procesos de supervisión pueden constituir herramientas válidas para exigir el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la legislación.

Un fallo con efectos más allá del caso concreto

Más allá del resultado favorable para la CMF, la resolución constituye un precedente relevante para la industria aseguradora, al precisar el alcance de las facultades del regulador y el estándar de prudencia que debe observarse en la constitución de reservas técnicas para pólizas de garantía a primer requerimiento.

En un contexto donde la supervisión basada en riesgos adquiere cada vez mayor relevancia, el fallo reafirma que la adecuada constitución de reservas no solo constituye una exigencia contable, sino también uno de los pilares fundamentales para resguardar la solvencia de las compañías y la protección de los asegurados y beneficiarios.