La SSN unifica criterios sobre reservas judiciales
RESOLUCIÓN SSN 383/2025.-
La Superintendencia de Seguros de la Nación derogó el punto 33.4.1.6.3. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), con el objetico de ordenar y simplificar la normativa vinculada a la constitución de reservas por juicios en la rama de Riesgos del Trabajo.
El organismo explica que el cambio responde a la necesidad de unificar en un solo apartado —el punto 33.4.1.6.1. del RGAA— todos los juicios promovidos contra las aseguradoras, incluyendo aquellos procesos judiciales de revisión de la instancia administrativa previstos en la Ley 27.348. De esta manera, las previsiones que antes estaban en el artículo derogado ahora se encuentran contenidas en la regulación de “Reclamaciones Judiciales”, conforme la Resolución 353/2025, dictada el pasado 10 de julio.
La SSN subraya que esta modificación se enmarca en la obligación legal de garantizar reservas técnicas suficientes para responder a las obligaciones con los asegurados, tal como lo establece el artículo 33 de la Ley 20.091. Para ello, contó con el aval de la Gerencia Técnica y Normativa y la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del organismo.
La resolución entra en vigencia con los Estados Contables que cierren al 30 de junio de 2025 inclusive, y se presenta como un paso hacia una mayor claridad normativa y eficiencia en la administración de reservas por juicios dentro del sistema asegurador argentino.






