Se han publicado nuevas regulaciones para los seguros de vida universales
La Superintendencia de Seguros Privados (Susep) publicó ayer (4), en el Diario Oficial de la Unión, Resolución CNSP No. 484, de 31 de octubre de 2025, que establece las reglas y criterios para la estructuración, comercialización y operación del Seguro de Vida Universal.
La publicación del reglamento, que entra en vigor inmediatamente, estaba prevista en el Plan Regulatorio para los años fiscales 2023/2024 y sustituyó al reglamento anterior sobre la materia, Resolución CNSP No. 344/2016.
En general, la revisión regulatoria buscó aumentar la flexibilidad en la operación del producto; ajustar algunos aspectos técnicos a la realidad del mercado nacional; adaptar las normas sublegales a la Ley N° 15.040, de 9 de diciembre de 2024 (Marco Legal para Contratos de Seguros); y mejorar las regulaciones actuales, haciendo que el producto sea más comprensible para los asegurados.
En este sentido, la publicación de la resolución se alinea con la estrategia de Susep de sensibilizar a la población brasileña sobre la importancia de la planificación de seguros.
Además, la normativa pretende aclarar la naturaleza no patrimonial del seguro de vida universal, que no debe confundirse con un producto de inversión, permitiendo así su tratamiento fiscal adecuado.
Según el Superintendente de Susep, Alessandro Octaviani, “la revisión del reglamento del Seguro de Vida Universal refuerza el compromiso continuo de Susep de ampliar el acceso a los seguros a un número cada vez mayor de personas, dentro del marco de la Política Nacional de Acceso a los Seguros, reforzando que el Sistema Nacional de Seguros Privados debe estructurarse de manera que promueva el desarrollo equilibrado del país y sirva a los intereses de la comunidad”.
Además, la directora de Organización del Mercado y Regulación de la Conducta, Jessica Bastos, aclara que “la revisión busca mejorar las regulaciones actuales, no solo desde un punto de vista técnico, sino también para hacer que el producto sea más comprensible para los consumidores, especialmente dado que el seguro de vida universal no es muy conocido en Brasil”.
La Resolución CNSP No. 484 de 2025 fue aprobada y publicada después de un extenso debate interno y externo, tras dos consultas públicas (una a finales de 2024 y otra a mediados de 2025).
Para acceder al texto completo del reglamento, consulte la Resolución CNSP No. 484, de fecha 31 de octubre de 2025.






