Superintendencia de Seguros extiende el ingreso en vigor de norma sobre sectores aseguradores


Con la prórroga, la Circular de la Susep No. 682/2022 entrará en vigor el 1 de enero de 2025.

La Superintendencia de Seguros Privados (Susep), previa decisión del Directorio en reunión celebrada el 6 de diciembre pasado, publicó en el Diario Oficial de la Unión (DOU) la Circular Susep No. 695/2023.

La nueva normativa modifica la Circular de la Susep No. 682/2022, que establece la codificación de los ramos de seguros y prevé la clasificación de las coberturas contenidas en los planes de seguros, para efectos contables.

Con el cambio, se amplía la fecha de vigencia inicial de la Circular Susep No. 682/2022 hasta el 1 de enero de 2025, con el fin de compatibilizar los plazos previstos para el Proyecto Sistema de Registro de Operaciones (SRO) con los cambios derivados de la Circular, reduciendo Costos de regulación y supervisión del mercado supervisado.

Adicionalmente, se modifica el artículo 6 y el Anexo I de la Circular 682/2022, con el fin de realizar ajustes en la codificación de sucursales en lo que respecta a la contabilización de las coberturas de responsabilidad civil relacionadas con vehículos de pasajeros. La modificación pretende referenciar correctamente la cobertura suscrita en el ámbito del “Mercosur” (rama de la Carta Verde), con las referencias realizadas anteriormente al Acuerdo sobre Transporte Terrestre Internacional (ATIT), entre Brasil, Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Perú. y Uruguay.