CCJ del Senado aprueba, en votación simbólica, el texto básico del PL de seguros
Los senadores también votarán la modificación para cambiar la personería jurídica de la Superintendencia de Seguros Privados (Susep).
La Comisión de Constitución y Justicia (CCJ) del Senado aprobó, la mañana de este miércoles (10), en votación simbólica, el texto básico del PLC 29/2017 que crea el marco legal para los seguros en el país. El texto del relator Jader Barbalho (MDB-PA), representado por el senador Marcelo Castro (MDB-PI), fue alcanzado en un acuerdo entre representantes del sector asegurador y del gobierno federal. El proyecto pasa ahora a la CAE (Comisión de Asuntos Económicos).
Los senadores también votarán, por separado, la enmienda presentada por el senador Rogério Marinho (PL-RN), líder de la oposición en la Cámara, para cambiar la personería jurídica de la Superintendencia de Seguros Privados (Susep). La sugerencia de Marinho es establecer independencia financiera y administrativa para el municipio, con mandatos fijos para los directores.
El senador Marcelo Castro, repres¡”tant’ del relator, sostuvo, sin embargo, que este tipo de cambios deben hacerse mediante ley complementaria y no mediante ley ordinaria.
El proyecto de marco legal de seguros es una de las propuestas prioritarias del Ministerio de Hacienda en lo que se ha denominado la agenda microeconómica.
Después de años de impasse, el proyecto fue negociado el año pasado entre la Cnseg (Confederación Nacional de Compañías de Seguros), la Susep y el Ministerio de Hacienda. El texto final fue fruto de este acuerdo entre las partes.
El Tesoro ve potencial en la propuesta para apalancar inversiones en el sector. La propuesta establece reglas más transparentes y proporciona refuerzo legal en la protección de los asegurados.
La abogada Bárbara Bassani, socia del área de seguros y reaseguros de TozziniFreire, dice lamentar la aprobación del PLC 29/2017 en su forma actual, considerando los recientes avances en la actualización del Código Civil. “Sería fundamental que la disciplina del contrato de seguro interactúe con esta actualización. En cualquier caso, todavía espero que haya espacio [aunque sea mínimo] para futuras discusiones”, afirma.
Consulta los puntos principales del proyecto
Responsabilidades
PLC 29/2017 regula las responsabilidades y deberes de los asegurados y aseguradores. Es el caso del deber del asegurado de comunicar al asegurador cualquier situación de agravamiento relevante del riesgo. Una vez tenido conocimiento, el asegurador dispone de un plazo máximo de 20 días para adaptar el contrato. Según la legislación vigente el plazo es de hasta 15 días. Según el texto, el contrato no puede contener una cláusula que permita la rescisión unilateral por parte del asegurador.
Solicitud
Según la propuesta, la ley brasileña se aplica exclusivamente a los contratos de seguro celebrados por una aseguradora autorizada para operar en Brasil. Esto aplica cuando el asegurado o proponente tenga residencia o domicilio en el país o cuando el bien asegurado se encuentre en territorio nacional.
Evaluación de riesgos
El proyecto prevé la elaboración de un cuestionario para evaluar los riesgos a la hora de contratar un seguro. El asegurador sólo puede alegar que hubo omisión por parte del asegurado si éste, incluso cuando fue interrogado, no proporcionó ninguna información.
El cuestionario también sirve como base para una posible pérdida de compensación por parte del cliente debido a un aumento del riesgo. Si se demuestra la intención del asegurado de aumentar las posibilidades de reclamación, el escenario se comparará con el contenido de las respuestas al cuestionario.
Aceptación tácita
El proyecto propone aumentar el plazo de aceptación tácita de una propuesta de seguro, de 15 a 25 días. El cambio le da a la empresa más tiempo para analizar si acepta o rechaza una solicitud. Transcurridos 25 días, la propuesta se considera aceptada.
Rechazo
El texto aumenta de 15 a 25 días el plazo para que la aseguradora rechace la propuesta. En relación con los seguros personales, se produjo un cambio en el período de espera para las reclamaciones derivadas del suicidio. El texto original daba un plazo de un año, pero el sustituto fija el plazo de gracia en dos años.
Prima y reclamaciones
El texto prohíbe el cobro anticipado de las primas de seguros (cantidades pagadas por los clientes), y la aseguradora tiene hasta 30 días para pagar las reclamaciones. Si se necesita documentación adicional para liberar el pago, la compañía tiene cinco días para solicitar la presentación al asegurado. El plazo queda suspendido hasta la presentación de los documentos, y se reanuda una vez formalizada la entrega. Si vence el plazo, la empresa deberá devengar intereses.
Asignación de carteras
El proyecto prevé la posibilidad de autorización de la autoridad reguladora para eximir de responsabilidad a la aseguradora cedente en el caso de cesión de cartera, situación en la que una aseguradora transfiere sus contratos vigentes a otra empresa. Según el texto, no es necesario el acuerdo previo de los tomadores y beneficiarios. Según la norma actual, la compañía de seguros cedente sigue siendo responsable de los contratos incluso después de que hayan sido transferidos a otra compañía.
Contrato digital
Según PLC 29/2017, la propuesta realizada por el asegurado no requiere forma escrita, lo que permite formalizar el contrato por medios digitales. Las compañías de seguros ya están utilizando esta práctica.
Coseguro y seguro acumulativo
El coaseguro se configura cuando el asegurado y dos o más aseguradores, por acuerdo expreso entre ellos, garantizan el mismo interés contra el mismo riesgo. Cada uno de ellos asume una cuota de garantía. El seguro acumulativo, a su vez, es cuando la distribución entre varios aseguradores la realiza el asegurado mediante contratos independientes, sin limitación a una cuota de garantía.
Estatuto de limitaciones
El texto prevé un cambio en la validez del plazo de prescripción. Es decir, el plazo en el que el cliente puede emprender acciones legales contra una compañía de seguros. Actualmente, el plazo comienza a partir de la fecha del accidente. PL 29/2017 prevé un cambio en la fecha de denegación dada por la empresa.






