La CNSP aprueba nuevas normas para los corredores de seguros y la autorregulación
La SUSEP publicará este viernes (17) la resolución del CNSP, aprobada a principios de esta semana por el Consejo, que establece nuevas normas para el ejercicio de la actividad de los corredores de seguros, las entidades autorreguladoras y las instituciones educativas autorizadas a organizar el examen nacional de habilitación técnico-profesional.
La norma consolida las normas establecidas por 13 resoluciones del CNSP: 175/05, 233/11; 249/12; 251/12; 252/12; 258/12; 278/3; 295/13, 303/13, 307/14; 310/14; 318/14; y 334/15. Todas estas normas anteriores quedarán derogadas.
El nuevo texto admite la posibilidad de que el corredor de seguros obtenga una habilitación específica para operar en determinados segmentos de actividad, «de acuerdo con sus propias condiciones y con los aspectos de mercado que considere de su interés».
La SUSEP publicará además una o varias normas para regular dichos segmentos de actividad.
Una de las novedades del texto aprobado es la disposición por la que los corredores de seguros deberán mantenerse al corriente de la legislación y la normativa vigentes, de las prácticas del mercado y de las innovaciones técnicas, «con el fin de actualizar sus conocimientos y habilidades técnicas».
La resolución establece, además, que el corredor de seguros deberá disponer de un único registro, que le permitirá ejercer en todo el territorio nacional, dentro de los límites de su habilitación técnico-profesional, y que se identificará mediante un código de registro, según lo regulado por la SUSEP, que se le asignará en el momento de la inscripción.
Los corredores de seguros deberán mantener su registro actualizado. La SUSEP y las entidades autorreguladoras podrán llevar a cabo una reinscripción periódica de los miembros del mercado de corretaje, respetando las normas establecidas para la validación del registro.
La Resolución CNSP 233/11, que regula las entidades autorreguladoras, se ha adaptado a las recientes modificaciones introducidas por la legislación y también para reflejar las medidas de modernización de los procesos de autorización, a la luz del panorama regulatorio actual, orientado a la simplificación, la reducción de la burocracia y el fomento de la competencia.
En cuanto a las instituciones educativas autorizadas para impartir el examen nacional de cualificación técnico-profesional y/o el curso de cualificación técnico-profesional, las nuevas directrices reguladoras pretenden fomentar la competencia, así como las experiencias prácticas derivadas de las autorizaciones ya concedidas por la SUSEP.
Además, la propuesta pretende que las normas para la incorporación de nuevos centros interesados sean más claras y sencillas.





