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Septiembre 30, 2025Boletín Nº: 51

La Justicia confirmó la revocación de la autorización para operar de TPC Seguros

Boletín Nº: 51
Sep 30, 2025 ARGENTINA Enviar a un amigo

La Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió rechazar el recurso de apelación de TPC Compañía de Seguros y confirmó la medida de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que había dispuesto la revocación de su autorización para operar, su disolución y liquidación forzosa.

El tribunal validó los argumentos de la SSN, que había constatado una grave situación de insolvencia en los estados contables de la aseguradora al 31 de marzo de 2024, con déficits en capitales mínimos, coberturas e indicadores financieros. Además, se registraron incumplimientos en pagos a asegurados, juicios con reservas insuficientes, maniobras contables irregulares y hasta oficinas cerradas que impidieron la fiscalización del organismo (ver nota sobre la Res. SSN 600/2024).

El fallo también remarcó que TPC recurrió a financiamiento bancario prohibido por la Ley 20.091, presentó numerosos cheques rechazados y operó fondos fuera del circuito bancario formal. Para la Cámara, la aseguradora no logró demostrar que sus balances posteriores corrigieran esa situación, ni produjo pruebas periciales que respaldaran su defensa.

En este marco, el tribunal concluyó que la resolución de la SSN “tuvo suficiente motivación” y que la compañía no logró desvirtuar la presunción de legitimidad del acto administrativo. Por lo tanto, confirmó la sanción de revocación de la autorización para funcionar y declaró abstractos otros recursos interpuestos por la aseguradora.

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Fuente: 100 Seguro