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Abril 01, 2025Boletín Nº: 38

Las compañías de seguros emprenden acciones legales contra la compra obligatoria de créditos de carbono

Boletín Nº: 38
Abr 01, 2025 BRASIL Enviar a un amigo

Según CNseg, entidad del sector, es inconstitucional obligar a las empresas a aplicar sus reservas técnicas en este mercado.

El sector asegurador ha decidido impugnar ante los tribunales la obligación de invertir en créditos de carbono. Este lunes, la CNseg (Confederación Nacional de Aseguradoras) presentó una ADI (Acción Directa de Inconstitucionalidad) ante el STF (Supremo Tribunal Federal) solicitando una medida cautelar para declarar la inconstitucionalidad del artículo 56 de la ley n.º. 15.042/2024, que regula el mercado de créditos de carbono en Brasil.

En esta misma ley, las compañías de seguros se encuentran en el grupo de empresas consideradas voluntarias en el caso de adquirir créditos de carbono, pues la actividad tiene emisiones residuales. Aun así, el artículo en cuestión, insertado a última hora en la votación, les obliga a invertir el 0,5% de la llamada reserva técnica en créditos de carbono.

La reserva técnica equivale al capital acumulado para que estas compañías puedan cumplir con sus obligaciones con los asegurados: pago de siniestros y prestaciones, incluidas las de seguridad social. El mercado estima que entre R$ 7 mil millones y R$ 9 mil millones estarán comprometidos si el sector acata la determinación.

En una nota, CNseg destacó que las compañías de seguros entienden la importancia de la ley y del mercado de carbono como instrumento para contener las emisiones y limitar el calentamiento global. El sector trabaja en un proyecto para crear ayuda inmediata para la población afectada por lluvias e inundaciones y ha implementado políticas para reducir los gases de efecto invernadero. También aboga por la emisión de bonos verdes.

Pero sostiene que la determinación del artículo 56 no tiene sentido económico para el sector y aún crea varios problemas.

El mercado del carbono no está en la Bolsa de Valores. Depende de transacciones extrabursátiles entre entidades privadas. El volumen negociado aún es pequeño, alrededor de R$ 1.000 millones. El valor del crédito, a su vez, no tiene estándar y varía según la ubicación y el tipo de proyecto. La metodología de certificación aún no está estandarizada.

Algunas consultoras estiman que, en 2030, el mercado podría alcanzar los US$ 1,5 mil millones, lo que equivaldría a R$ 9 mil millones. En otras palabras, incluso en 2030 y con todas estas proyecciones de crecimiento, el sector asegurador por sí solo representaría el 100% del volumen total de este mercado de carbono.

El sector entiende que la entrada de compañías de seguros, con una demanda muy superior a la oferta, podría incluso alimentar la especulación y provocar un aumento artificial de los precios, perjudicando a las empresas obligadas a comprar créditos para compensar las emisiones. En resumen, el problema de los precios y la transparencia en las negociaciones sigue siendo muy crítico.

La entidad también destaca que, a diferencia de otros activos, los créditos de carbono pierden valor con el tiempo. Un crédito de carbono a diez años vale mucho menos que un crédito de carbono emitido hace un año. Después de un tiempo, las empresas no tendrían forma de saber si los R$ 9 mil millones en créditos de carbono realmente valían R$ 9 mil millones.

En este sentido, el sector entiende que no es financieramente razonable invertir miles de millones de la reserva técnica, que es la fuente para pagar a los asegurados en el largo plazo, en este tipo de productos. Incluso perciben un riesgo en la actividad.

Las compañías de seguros y sus ejecutivos deben reportar a la Susep (Superintendencia de Seguros Privados) y al CVM (Consejo Monetario Nacional). Sus inversiones siguen reglas estrictas y sus directores enfrentan serias sanciones, desde multas hasta la inhabilitación, si no cumplen estas reglas.

El análisis es que sería prudente esperar a que el mercado madure. El Ministerio de Hacienda estima que la preparación de todo el marco para formalizar el mercado de carbono recién estará lista en 2030. La CVM (Comisión de Valores Mobiliarios) también necesitará tiempo para reglamentar todas las reglas.

En el ADI, los argumentos legales para eliminar el artículo también incluyen cuestiones técnicas. Sostiene que la Constitución establece que la regulación del sector seguros debe hacerse mediante ley complementaria y no mediante ley ordinaria, como es el caso de la 15.042. También sostiene que el artículo 56 viola los principios constitucionales de igualdad, libre iniciativa, libre competencia y libertad económica.

La Ley 15.042 fue aprobada por el Congreso en noviembre del año pasado. En términos generales, además de crear el mercado de carbono, otorga a la Unión el poder de establecer límites a las emisiones de gases de efecto invernadero. El objetivo principal del texto es obligar a las empresas que contaminan por encima de un determinado nivel a pagar por ello, alentándolas a ser más sostenibles.

Alrededor de 75 estados y provincias de todo el mundo ya operan con el mercado de carbono o impuesto a las emisiones —que, en conjunto, movieron más de 100.000 millones de dólares a nivel global en 2023, según el Banco Mundial—.

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Fuente: Cqcs