Nueva Ley de Seguros refuerza transparencia y derechos
La Ley 15.040/2024, que entra en vigor el 11 de diciembre de 2025, crea un nuevo marco para los contratos de seguros en Brasil. La ley refuerza la buena fe, exige cuestionarios claros, define plazos de prescripción específicos y amplía la protección del asegurado, ofreciendo mayor transparencia, seguridad jurídica y previsibilidad en las relaciones entre aseguradoras y asegurados.
Publicada el 10 de diciembre de 2024, la Ley N.° 15.040 representa el avance regulatorio más significativo en el sector asegurador en las últimas décadas. Esta ley crea su propio microsistema para regular los contratos de seguro, derogando disposiciones del Código Civil y del Decreto-Ley N.° 73/1966. Su entrada en vigor, prevista para el 11 de diciembre de 2025, ofrece un período de transición crucial para que las aseguradoras y los asegurados revisen sus políticas y prácticas contractuales.
Según la Confederación Nacional de Compañías de Seguros (CNseg), el mercado generó R$ 385 mil millones en primas en 2024, lo que representa aproximadamente el 6% del Producto Interno Bruto (PIB) nacional. Dada su significativa importancia económica, la nueva ley busca reducir la litigiosidad y aumentar la previsibilidad de las relaciones de seguros mediante la estandarización de conceptos, plazos y obligaciones de las partes involucradas.
La Ley N.° 15.040/2024 actualiza las normas sobre el deber de información del asegurado y del tomador del seguro. El texto confirma que la aceptación de la propuesta y el cálculo de la prima dependen de la información proporcionada en el cuestionario elaborado por la aseguradora, instrumento utilizado en la evaluación de riesgos.
Completar los cuestionarios que se utilizan al solicitar un seguro puede presentar dificultades prácticas. En algunos casos, las aseguradoras utilizan formularios con preguntas generales o genéricas, lo que puede generar confusión sobre la forma correcta de responderlas. En estos casos, puede haber diferentes interpretaciones sobre la suficiencia de la información proporcionada.
La nueva ley establece criterios detallados para analizar cualquier omisión en la provisión de datos. Cuando se detecta una intención deliberada de omitir información relevante, el asegurado pierde el derecho a la cobertura y sigue siendo responsable del pago de la prima y los gastos de la aseguradora. En los casos en que la omisión no se deba a mala fe, la indemnización podrá ajustarse proporcionalmente, considerando la diferencia entre la prima efectivamente pagada y el importe que habría correspondido si toda la información se hubiera proporcionado correctamente.
La nueva Ley 15.040/2024 también estipula que el asegurado debe ser informado previamente de todas las condiciones del contrato, corrigiendo así las antiguas prácticas de suscripción de pólizas sin pleno conocimiento de sus cláusulas. La ley obliga a la aseguradora a proporcionar información esencial, como coberturas, exclusiones, deducibles y obligaciones del contratante, garantizando así el pleno conocimiento de lo que se contrata, ya sea por persona física o jurídica. Incluso cuando el Código de Protección al Consumidor no es aplicable, como en el caso de ciertas pólizas de seguros para empresas y grandes riesgos, la Ley 15.040/2024 ya contempla sus propias garantías de transparencia y equilibrio contractual.
La Ley N.° 15.040/2024 también regula los plazos y procedimientos relacionados con el análisis de siniestros y el pago de indemnizaciones. Las compañías de seguros deben informar sobre la existencia de cobertura dentro de los 30 días siguientes a la notificación del siniestro, siempre que se hayan presentado todos los documentos necesarios. El incumplimiento de este plazo implica la pérdida del derecho a rechazar la cobertura.
Los documentos necesarios para el análisis deben estar expresamente indicados en la póliza. Si la aseguradora necesita información adicional, podrá solicitar documentación complementaria justificada. En este caso, el plazo de 30 días se suspenderá y comenzará a contar desde la entrega de la documentación solicitada.
En caso de denegación total o parcial de la cobertura, la aseguradora deberá proporcionar al asegurado los documentos que fundamentaron la decisión, para que tenga acceso a los motivos esgrimidos. La denegación deberá ser explícita y justificada, y sus motivos no podrán modificarse posteriormente, salvo que surjan nuevos hechos que la aseguradora desconociera al momento de la decisión inicial.
Según el abogado Marcelo G. Nunes, especialista en Derecho de Seguros y socio del despacho Nunes Advogados, la nueva ley corrige una práctica recurrente en el sector: las aseguradoras no presentaban con claridad los fundamentos y la documentación que sustentaban la denegación de cobertura, introduciendo nuevas justificaciones solo tras el inicio de las acciones legales. «La ley transforma la regulación en un marco vinculante. Lo declarado y practicado no puede ser alterado judicialmente, salvo por nuevos hechos, cuya carga de la prueba recae en la aseguradora», afirma.
El texto normativo también modifica el inicio del cómputo del plazo de prescripción para ejercer el derecho a interponer una acción judicial. El plazo deja de computarse desde la fecha del accidente y comienza a contarse en la fecha de la negativa expresa y motivada de la aseguradora. El plazo solo comienza a correr cuando se notifica formalmente la decisión al asegurado, estableciendo así el inicio del cómputo del plazo de prescripción.
Además, la ley estipula que el plazo de prescripción de la indemnización solo podrá suspenderse una vez, si el asegurado presenta una solicitud de reconsideración a la aseguradora. La suspensión finaliza cuando se notifica al interesado la decisión final.
La Superintendencia de Seguros Privados (SUSEP) ( https://www.gov.br/susep/ ), adscrita al Ministerio de Hacienda, desempeñará un papel fundamental en la implementación efectiva de la Ley 15.040/2024. La agencia emitirá normativa complementaria que detallará la transición entre el régimen actual y el nuevo marco regulatorio. En 2025, la agencia ya anunció que la reglamentación de la Ley del Contrato de Seguros es una de las prioridades de su Plan Regulatorio.
Según CNseg, la modernización coloca a Brasil en línea con las mejores prácticas internacionales y fortalece la confianza en las relaciones de seguros.






