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Septiembre 09, 2026Boletín Nº: 8

Nuevas reglas para las AFOCAT: aportes en cuentas pagadoras solo podrán usarse para indemnizaciones

Boletín Nº: 8
Sep 09, 2026 PERU Enviar a un amigo
Fuente: El Peruano

SBS modifica circular para administrar los aportes y recursos de estas asociaciones.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó la Circular AFOCAT N.° 8-2013-SBS con el propósito de precisar la distribución de los aportes provenientes de la emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) y establecer nuevas reglas para la administración de los recursos de las asociaciones de fondos regionales o provinciales contra accidentes de tránsito.

El objetivo de esta iniciativa es precisar y reforzar las reglas relativas a la administración de los aportes recaudados por la emisión de los certificados contra accidentes de tránsito (CAT); así como asegurar que los recursos mantenidos en las cuentas pagadoras sean destinados exclusivamente al pago de las indemnizaciones correspondientes a los beneficiarios de estos certificados.

La Resolución N.°02164-2026, publicada hoy en el Diario Oficial, precisa que la Cuenta Pagadora será utilizada, exclusivamente, para el pago de las coberturas de accidentes de tránsito y el aporte al Fondo de Compensación del SOAT y CAT.

Además de lo señalado, se incorpora la obligación de que las AFOCAT mantengan al menos una cuenta distinta a la Cuenta Pagadora para la administración del 20% del aporte por emisión del CAT, que se destinarán a cubrir los gastos, obligaciones administrativas y demás conceptos vinculados al desarrollo de las actividades de la AFOCAT

La norma también incorpora una referencia a otros aportes que las AFOCAT recauden con carácter extraordinario, estableciéndose que el destino de estos recursos deberá ser determinado por la asamblea general de la respectiva administradora.

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Fuente: El Peruano