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Maio 02, 2024Boletín Nº: 14

La reforma de la Ley de RC de Autos toma impulso para ver pronto la luz

Boletín Nº: 14
Mai 02, 2024 ESPAÑA Enviar a un amigo

Ayer se celebró la primera de las dos jornadas del 40º Congreso de Derecho de la Circulación que organizan INESE y la revista RC, con el patrocinio de BCNDATA, Clyde & Co, Premed y Valora y la colaboración de CED.

Abrió esta convocatoria tan especial la directora de INESE, Susana Pérez, que en sus palabras de bienvenida a los más de 250 asistentes, se refirió a la trayectoria histórica del Congreso, el entorno normativo y los avances que se han ido produciendo en estas cuatro décadas. Tuvo un especial recuerdo para Jaime Santos Briz, magistrado del Tribunal Supremo y director de la revista RC durante muchos años, y para Enrique Ruiz Badillo, presidente de Sala Segunda del Tribunal Supremo y magistrado del Constitucional, que colaboraron muy activamente en la organización de las primeras ediciones del CDC.

El turno de ponentes, Javier Castillo, subdirector general de Regulación y Relaciones Internacionales de la DGSFP, comentó los trabajos y el impulso que se está dando para que la reforma de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor vea pronto la luz. Dicha reforma introducirá nuevos conceptos sobre el “hecho de la circulación” y “vehículo a motor”.

José Antonio Badillo, director de la revista de RC, y Cristina Casado, responsable Técnico-Legal / Seguros Generales de Unespa, comentaron la situación en que se encuentra la normativa de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), el seguro y los requisitos para conducirlos de edad, formación, vías, el registro que estará listo a principios de 2025, limitación de velocidad y sumas del seguro obligatorio.

Javier López García de la Serrana, presidente Asociación Española Abogados especializados en RC y Seguro y socio director Hispacolex, hizo una detallada relación de las últimas sentencias sobre el perjuicio excepcional y perjuicios indirectos no tipificados, mientras que Federico Maroto, claims manager de Gen Re en España y Portugal, siguiendo el articulado de la Ley 35/2015 sobre la valoración de daños y perjuicios a las personas por accidentes de circulación, analizó el impacto en las reservas y el negocio de reaseguro especialmente por la duración de la gestión de los siniestros y el Art. 20 de la LCS.

La Salud importa

Carlos Represas, médico forense y director de Innovación en PROMEDE, analizó los modelos predictivos sobre la valoración del daño corporal desde el punto de vista médico forense en base a las aportaciones de la inteligencia artificial. Los algoritmos, dijo, no podrán sustituir al juicio humano y siempre estará el sesgo del perito. El diagnostico se basará en una escala veraz y objetiva con datos de calidad.

A su turno, Mariano Medina, presidente de Honor de la Asociación Española de Abogados Especializados en RC y Seguro, habló del gasto medico futuro e hizo un análisis crítico de los artículos 113 y 114 de la Ley 35/2015, citando especialmente las sentencias del Tribunal Supremo de 13 de enero de 2017, de 13 de diciembre de 2017 y de 14 de septiembre 2023 y la 20 de Junio de 2013, en la Audiencia Provincial, sobre esta materia. También se refirió a la subrogación de los servicios públicos de salud por los gastos de asistencia sanitaria. Insistió en que los abogados deben reclamar los gastos médicos futuros sin límite temporal y cuantitativo.

Por su parte la asesora médica de Zurich, María José García, habló sobre las valoraciones problemáticas: secuelas preexistentes, perjuicio cutáneo, perjuicio estético insistió en la diferencia entre perjuicio estético y daño estético.

Cuando el siniestro habla otro idioma

El final de la jornada se centró en los siniestros, bajo la mirada de Miguel Relaño y Laura Ochoa, partner y socia, respectivamente, de Clyde Abogados, hicieron una interesante exposición en forma de entrevista sobre los siniestros con elemento extranjero en la jurisdicción y tribunal competente, deteniéndose especialmente en los siniestros que se reclaman en Reino Unido, advirtiendo sobre las elevadas costas judiciales que conlleva acudir a los tribunales; solo en reclamaciones inferiores a 25.000 euros existe un baremo de honorarios de referencia. Ha de tenerse en cuenta que tras el Brexit se incorporó Roma II al derecho interno.

Expusieron una serie de normas y cautelas que han de tenerse en cuenta en los siniestros que se gestionan en Reino Unido. Al final de su exposición comentaron las reclamaciones procedentes de la Caja de Enfermedad Barmer alemana que, a diferencia de España, repiten no solamente por los gastos de asistencia sanitaria sino también por las pensiones de viudedad y orfandad.

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Fuente: Inese