La Superintendencia de Seguros endureció las reglas para la cobertura de riesgos
La nueva normativa modifica el cálculo de reservas que deben constituir las aseguradoras y fija criterios obligatorios para juicios y mediaciones pendientes.
La Superintendencia de Seguros de la Nación introdujo cambios clave en el esquema de reservas que deben constituir las compañías aseguradoras, con impacto directo en los seguros de caución ambiental, los juicios pendientes y la solvencia del sistema. La medida comenzará a regir con los estados contables cerrados al 31 de diciembre de 2025.
El evento reunió a un nutrido y diverso grupo de más de 70 personalidades, conformado por las autoridades de las cámaras colegas, aseguradores, reaseguradores, brokers, productores, liquidadores, actuarios y periodistas.
Caución ambiental: nuevo criterio para medir el respaldo técnico
Uno de los puntos centrales de la Resolución 705/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, es la modificación del criterio para calcular la Reserva Especial de Contingencia para Riesgos de Caución Ambiental, que cubre eventuales incumplimientos vinculados a daños ambientales de incidencia colectiva. Hasta ahora, el monto de esa reserva se determinaba en función de las primas emitidas; a partir de la nueva normativa, pasará a calcularse sobre las sumas aseguradas vigentes, aplicando un coeficiente del cinco por mil.
Desde el organismo explicaron que el cambio busca vincular de manera más directa las reservas con la exposición real al riesgo, dejando atrás un esquema que ya no reflejaba con precisión el potencial impacto de siniestros ambientales. La nueva metodología apunta a reforzar los principios de prudencia técnica, proporcionalidad y solvencia, en un mercado que ganó peso en los últimos años.
Más rigor en la valuación de juicios y mediaciones
La resolución también introduce ajustes en la forma en que las aseguradoras deben evaluar las mediaciones pendientes y los juicios con inactividad procesal, especialmente en ramos como automotores, motovehículos y responsabilidad civil.
En ese punto, la Superintendencia estableció que los factores de corrección dejan de ser orientativos y pasan a ser de aplicación obligatoria, con el objetivo de evitar tratamientos dispares entre compañías y garantizar una representación más fiel del pasivo judicial. Los porcentajes de ajuste ahora estarán directamente ligados a la antigüedad del último acto procesal.
Más controles en un escenario de riesgos crecientes
Además, las aseguradoras deberán presentar declaraciones juradas trimestrales junto con sus balances, detallando los casos alcanzados por estas correcciones, lo que refuerza los mecanismos de control y supervisión.
Otro aspecto relevante de la norma es la precisión del método para calcular los siniestros ocurridos y no reportados (IBNR), en particular la porción del pasivo atribuible a los reaseguradores. La medida busca alinear el tratamiento contable con criterios actuariales más estrictos y aportar mayor transparencia en la exposición real de las compañías.
Con este paquete de cambios, la Superintendencia refuerza su estrategia de armonizar criterios técnicos y elevar los estándares de control en un contexto de mayor estabilidad económica, pero también de creciente complejidad de los riesgos, especialmente los ambientales.






