Economía se lanza a trasponer la reforma de Solvencia II, nuevo marco regulatorio del seguro
La propuesta rebaja las obligaciones de las aseguradoras más pequeñas, simplifica el cálculo del capital de solvencia y da nuevas herramientas de supervisión
Ajeno al atasco parlamentario de sus iniciativas en el Congreso, el Ministerio de Economía prepara nuevas normas que enviar a las Cortes Generales. En enero está previsto que envíe a las Cortes la nueva regulación sobre créditos al consumo y, para más adelante, la trasposición de la última directiva en materia de aseguramiento.
Se trata, esta última, de la reforma de la conocida como Directiva Solvencia II, régimen general de solvencia aplicado a aseguradoras y reaseguradoras en España.
El Ministerio sacó a audiencia pública este mes su propuesta de anteproyecto y abrió plazo para recibir aportaciones hasta este lunes 29 de diciembre.
Estas son sus principales características de la propuesta lanzada por el Ministerio, sujeta a cambios antes de ser aprobada como proyecto de ley por el Consejo de Ministros.
Leyes que modifica
Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras
Decreto-ley 3/2020
Objetivo
Trasponer parcialmente la Directiva (UE) 2025/2, que reforma la Directiva Solvencia II, el régimen. La trasposición se completará, en su contenido más técnico y específico, con la reforma del Decreto 1060/2015.
Normativa más relajada y simple
Elevación de los umbrales de aplicación: las aseguradoras más pequeñas se quedarán fuera y estarán sujetas a un régimen especial, menos exigente
Reducción o limitación de obligaciones y requerimientos, especialmente de gobierno y de información, a entidades pequeñas
Método simplificado para el cálculo del capital de solvencia para riesgos inmateriales
Cambios en los cálculos de solvencia
Cálculo de provisiones técnicas y de capital regulatorio: cambia la extrapolación de la curva de tipos de interés libre de riesgo
Las aseguradoras que utilicen ajuste de casamiento no tendrán límite para computarse beneficios de diversificación
Nueva ratio sobre los activos y pasivos de cada aseguradora para evitar una sobrecompensación ante variaciones de tipo de interés
Reducción del margen de riesgo
Cambios en los requerimientos de capital (capital por riesgo de tipo de interés y por inversiones a largo plazo)
Nuevas herramientas de supervisión
Medidas para gestionar el riesgo de liquidez: planes de liquidez a corto plazo
Prohibición temporal de reparto de dividendos, pago de incentivos o suspensión del derecho de rescate a los tomadores
Nuevo concepto de sociedad de cartera de seguros (similar al de regulación bancaria)
El supervisor podrá modificar la estructura de grupos que dificultan su supervisión
Nuevo tratamiento de empresas vinculadas a otros sectores financieros
Cooperación reforzada entre supervisores para operaciones transfronterizas relevantes: intercambio de información e inspecciones conjuntas
Sanciones a expertos independientes, auditores y actuarios encargados de la evaluación de solvencia y situación financiera de las entidades
Nuevas infracciones por la sobrevaloración de activos contables o infravaloración de pasivos contables
Multas coercitivas sin carácter sancionador para emplazar al cumplimiento de obligaciones





