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Febrero 17, 2024Boletín Nº: 9

Modifican el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo

Boletín Nº: 9
Feb 17, 2024 PERU Enviar a un amigo

A través de la resolución SBS N° 00525-2024 se modifica el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado y el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional.

El documento ya consta en la Superintendenta de Banca, Seguros, Administradoras privadas de fondos de pensiones

Los cambios se realizan a través de dos artículos. En el primero se pide la sustitución “del cuarto párrafo del artículo 6° del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado, aprobado por Resolución SBS N° 6328-2009 y sus modificatorias, conforme con lo siguiente:

“Adicionalmente, el APR por riesgo de mercado deberá ser multiplicado por un factor, cuyo valor corresponderá al indicado en la siguiente tabla:

Periodo Factor de ajuste
Enero de 2023 – Marzo de 2023 0.85
Abril de 2023 – Agosto de 2024 0.90
Setiembre de 2024 – Febrero de 2025 0.95
Marzo de 2025 – en adelante 1.00

 

Mientras que para el artículo segundo, se establece la sustitución del último párrafo del artículo 3° del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional, aprobado por Resolución SBS N° 2115-2009 y sus modificatorias, conforme con lo siguiente:

 

Periodo Factor de ajuste
Enero de 2023 – Marzo de 2023 0.85
Abril de 2023 – Agosto de 2024 0.90
Setiembre de 2024 – Febrero de 2025 0.95
Marzo de 2025 – en adelante 1.00

 

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Fuente

Fuente: El Peruano